Responsabilidades

De acuerdo a la Ley N° 1.777, el Consejo Consultivo Comunal es un organismo consultivo y honorario de participación popular que tiene las siguientes responsabilidades principales:

Debe participar en la elaboración del programa de acción anual y el anteproyecto de presupuesto de la Comuna, definiendo prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos. También tiene la función de evaluar y supervisar la gestión Comunal, controlando la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo.

Puede presentar iniciativas y propuestas ante la Junta Comunal para implementar programas y políticas de interés comunitario. Tiene la facultad de solicitar convocatorias a audiencia pública y consulta popular.

Es responsable de promover, ordenar y hacer seguimiento de las demandas, reclamos y propuestas de los vecinos. Debe promover políticas de comunicación ciudadana, acceso a la información y participación vecinal, así como fomentar el uso de mecanismos de participación ciudadana.

El Consejo elabora sus propias normas de funcionamiento interno y genera espacios abiertos de discusión y foros para debatir sobre políticas públicas. Asesora a la Junta Comunal en temas de su competencia y controla la ejecución del presupuesto de la Comuna.

Las recomendaciones que emite el Consejo Consultivo Comunal son de consideración obligatoria por parte de la Junta Comunal.